Instalar placas solares puede generar importantes deducciones en tu IRPF durante 2025, según la normativa vigente (Ley 7/2021 y Ley 38/2023). En Ámbito Solar, como especialistas en instalaciones fotovoltaicas en Sevilla, te explicamos los requisitos actuales con precisión técnica verificada en fuentes oficiales.
¿Qué deducciones IRPF aplican para placas solares en 2025?
El marco legal establece tres niveles de deducción, sujetos a los Presupuestos Generales del Estado de 2025 (por publicarse):
1. Deducción del 20%
- Requisito técnico:
Reducción de al menos un 7% en la demanda energética de calefacción/refrigeración (certificado por técnico habilitado). - Límite anual de inversión:
5.000€ (deducción máxima: 1.000€). - Documentación necesaria:
Certificado energético previo y posterior.
2. Deducción del 40%
- Requisitos alternativos (cumplir uno):
- Reducción de ≥30% en el consumo energético global, O
- Obtención de calificación energética A o B.
- Límite anual de inversión:
15.000€ (deducción máxima: 6.000€).
3. Deducción del 60%
- Exclusivo para:
Comunidades de propietarios que rehabiliten elementos comunes del edificio (cubiertas, fachadas). - Límite anual:
15.000€ por vivienda (deducción máxima: 9.000€ por unidad).
⚠️ Condición obligatoria para todos los niveles:
Certificado energético antes y después de la instalación (Art. 15 Ley 7/2021).
Requisitos imprescindibles (vigentes a enero 2024)
- Periodo de ejecución:
Obras realizadas entre 1/1/2023 y 31/12/2025 (Art. 68 Ley 38/2023). - Instalación legalizada:
- Licencia de obras municipal
- Certificado de Fin de Obra (CFO)
- Justificación documental:
- Facturas de la instalación
- Certificados energéticos emitidos por técnico autorizado
IVA reducido al 10%: Bonificación adicional
- Aplicable si:
- La instalación forma parte de una rehabilitación energética integral, O
- Es primera instalación en viviendas de más de 2 años (Art. 20 Ley 37/1992).
- No aplica para nuevas construcciones.
Errores que invalidan la deducción
- Instalaciones sin licencia municipal.
- Falta de certificado energético previo.
- Superar límites de inversión sin justificación.
- Solicitar deducciones para viviendas individuales en el caso del 60% (exclusivo para elementos comunes en comunidades).
¿Necesitas asesoramiento preciso para tu caso?
En Ámbito Solar ofrecemos:
- Estudio de viabilidad fiscal con verificación normativa.
- Gestión de certificados energéticos por técnicos autorizados.
- Tramitación de licencias y subvenciones.
- Instalaciones legales con cumplimiento normativo.
«Recomendamos consultar siempre con un gestor fiscal antes de realizar la instalación. Los porcentajes y límites aquí indicados están basados en normativa vigente (BOE), pero pueden modificarse en los Presupuestos Generales del Estado 2025.»
Departamento Jurídico de Ámbito Solar